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Ayudas de atención social a las personas con discapacidad (PUA)

Ayudas de atención social a las personas con discapacidad (PUA)

A partir del 22 de septiembre a las 9 horas se pueden pedir las ayudas para la compra de productos y para actuaciones destinadas a promover la autonomía personal de las personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, con el objetivo de mejorar su calidad de vida y fomentar su integración social.

Requisitos

  • Estar empadronado y tener residencia legal en Cataluña desde hace 5 años.
  • Tener un grado de discapacidad igual o superior al 33% reconocido.
  • Encontrarse en situación de necesidad.
  • Para la prestación del transporte para asistir a la atención precoz: el límite de edad es de 6 años.
  • Cumplir las condiciones específicas de cada tipo de prestación.

Como se pide

Por internet, de manera presencial o por correo postal.

Más información

  • Consiste en un porcentaje del coste de la adquisición del producto o actuación.
  • El importe máximo que se puede percibir es en función de los ingresos económicos de la persona con discapacidad y de sus condiciones sociales.
  • Es incompatible con las demás prestaciones económicas reconocidas o las que se pueda tener derecho.
  • En el Anexo 1 de la ORDEN publicada en el DOGC se pueden consultar los productos y las actuaciones subvencionables y los importes máximos de las ayudas.

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